Bases del sorteo Sorteo San Valentín Efectivo YA C.E.D.S.R.L

ARTÍCULO 1: ORGANIZADOR

El presente sorteo es organizado por la sociedad comercial C.E.D. S.R.L., registrada conforme a las leyes de la República Dominicana, inscrita en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) No. 132-13877-5, denominada comercialmente “Efectivo Ya”, con domicilio social en Avenida Expreso V Centenario No. 10, Edificio Taveras, primer piso, sector Villa Agrícolas, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, República Dominicana, teléfono de contacto (809) 793-9444 (en adelante, el “Promotor”).

ARTÍCULO 2: PARTICIPANTES

Podrán participar todas las personas físicas, residentes en la provincia de Santo Domingo, República Dominicana, y mayores de edad, que durante el período de vigencia del sorteo adquieran por primera vez un préstamo con Efectivo Ya.

Cada préstamo otorgado dentro del período de vigencia genera una participación automática. Adicionalmente, cada pago de una cuota correspondiente a dicho préstamo, efectuado dentro del período del sorteo e incluyendo el número de cédula del titular en la descripción del comprobante de pago, incrementará las oportunidades de resultar ganador.

No podrán participar los empleados del Promotor ni sus familiares directos.

ARTÍCULO 3: MODO DE PARTICIPACIÓN

Para participar, el consumidor deberá adquirir por primera vez un préstamo con Efectivo Ya dentro del período del sorteo.

Aquellos que realicen pagos de sus cuotas correspondientes a dicho préstamo, efectuados dentro del mismo período, e incluyan el número de cédula del titular en la descripción del comprobante, incrementarán sus oportunidades de ganar.

El pago de las cuotas deberá realizarse por cualquiera de los siguientes medios habilitados por el Promotor:

  1. Depósitos o transferencias bancarias a la(s) cuenta(s) designada(s) por EL PROMOTOR, como por ejemplo:
    1. BANCO DE RESERVAS, R.N.C. 1-32-13877-5, Cuenta Corriente en RD$, Número de Cuenta 9603059624.
    2. BANCO CARIBE, R.N.C. 1-32-13877-5, Cuenta Corriente en RD$, Número de Cuenta 4150087528.
  2. En efectivo, en los lugares autorizados por el Promotor, tales como las estafetas o puntos de pago VÍA ubicados en todo el país, cuya ubicación puede ser consultada en el sitio web https://www.via.com.do

El comprobante de pago deberá enviarse vía WhatsApp al número (809) 383-94004, de forma legible, para ser verificado y registrado por el Promotor. Los participantes reconocen que la fecha de pago será aquella en la que los fondos se acrediten efectivamente en la cuenta del Promotor.

Cumplido como mínimo el requisito de adquirir por primera vez un préstamo dentro del período de vigencia del Sorteo, el consumidor participará automáticamente. El no cumplimiento de este requisito impedirá su participación.

El sistema interno del Promotor registrará las participaciones de acuerdo con el nombre completo del cliente, número de cédula, número de crédito y fecha de adquisición.

En los primeros tres (3) días hábiles posteriores a la promoción, el Promotor realizará una selección aleatoria digital, supervisada por un representante designado, utilizando un software confiable que contendrá el listado de los clientes que cumplan con los requisitos de participación. En el proceso se seleccionará un (1) ganador, conforme las reglas establecidas en el presente documento.

El ganador será contactado por llamada telefónica, mensaje de texto, WhatsApp, correo electrónico o redes sociales, para coordinar la entrega del premio. Además, el ganador será anunciado en la cuenta oficial de Instagram @efectivoya.do, identificando los últimos tres dígitos de su cédula.

ARTÍCULO 4: EL PREMIO

En el sorteo resultará un (1) ganador.

El ganador recibirá dos (2) teléfonos celulares Samsung Galaxy A17 (https://shop.samsung.com/latin/do/galaxy-a17-5g-6gb-128gb-do.html). 

El Promotor podrá sustituir el premio por otro de igual o mayor valor comercial si razones de disponibilidad lo requieren. El premio no es transferible ni canjeable por dinero.

La entrega se realizará en las oficinas del Promotor, ubicadas en Avenida Expreso V Centenario No. 10, Edificio Taveras, primer piso, sector Villa Agrícolas, Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, dentro de los diez (10) días hábiles posteriores a la fecha de seleccionado el ganador, en horario laboral.

El ganador deberá firmar un acta de entrega y recepción, dejando constancia de su conformidad con el premio recibido.

ARTÍCULO 5: ELECCIÓN DE GANADOR ALTERNO

En caso de que el ganador no cumpla con los requisitos establecidos en estas bases, no pueda ser contactado dentro de los próximos 10 días hábiles luego a su elección, o sea descalificado por cualquier motivo, la organización del sorteo se reserva el derecho de elegir un ganador alterno, este será seleccionado siguiendo el mismo procedimiento establecido para la elección del ganador original.

ARTÍCULO 6: RESTRICCIONES Y CONDICIONES

El premio es personal e intransferible y no podrá ser registrado, endosado, cedido o adjudicado a favor de terceros, ni canjeado por dinero u otros bienes.

La participación no implica costo adicional ni obligación de compra fuera de las operaciones financieras regulares del cliente.

El Promotor se reserva el derecho de verificar la autenticidad de los comprobantes de pago y descartar participaciones fraudulentas o erróneas.

La fecha de pago válida será aquella en la que los fondos se acrediten efectivamente en la cuenta del Promotor.

ARTÍCULO 7: PERÍODO DE VIGENCIA

El sorteo tendrá vigencia a partir del 19 de enero de 2026 y finalizará el 19 de febrero de 2026.
La selección del ganador se realizará en los primeros tres días hábiles de finalizada la promoción.

ARTÍCULO 8: MODIFICACIÓN DE LAS BASES

C.E.D. S.R.L. (“el Promotor”) podrá introducir modificaciones a los presentes Términos y Condiciones únicamente en caso de que existan circunstancias razonables y ajenas a su control que hagan necesario ajustar la mecánica, plazos o premios del sorteo.

En tales casos, el Promotor notificará por escrito dichas modificaciones a la Dirección Ejecutiva de Pro Consumidor para su conocimiento y registro, conforme a lo dispuesto en el artículo segundo de la Resolución No. 009-2011.

El Promotor, una vez realizadas las modificaciones, informará oportunamente al público y a los participantes sobre los cambios efectuados, utilizando los mismos medios de comunicación empleados para la divulgación original del sorteo.

Las modificaciones nunca podrán afectar la esencia del sorteo ni reducir el valor de los premios originalmente ofrecidos.

ARTÍCULO 9. PUBLICIDAD Y AUTORIZACIÓN DE USO DE IMAGEN

El participante ganador autoriza expresamente a C.E.D. S.R.L. a utilizar su nombre, imagen y voz en publicaciones y materiales publicitarios relacionados con este sorteo, sin derecho a compensación adicional, durante un período de doce (12) meses posteriores a la finalización del evento. Este tratamiento se realizará conforme a lo previsto en la Ley No. 172-13 sobre Protección de Datos Personales.

ARTÍCULO 10. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

El tratamiento de los datos personales se realizará conforme a la Ley No. 172-13 sobre Protección de Datos Personales.

Los participantes autorizan expresamente al Promotor a utilizar sus datos con la única finalidad de gestionar su participación en el sorteo y contactarlos en caso de resultar ganadores.

Podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición (ARCO) mediante solicitud escrita dirigida a legal@efectivoya.do

ARTÍCULO 11. FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO

En caso de fuerza mayor, caso fortuito o circunstancias ajenas al control del Promotor que impidan la realización o continuación del sorteo en los términos previstos, C.E.D. S.R.L. podrá suspenderlo total o parcialmente, de manera temporal o definitiva, o introducir las modificaciones necesarias en sus reglas, términos, condiciones o premios.

Conforme al artículo segundo de la Resolución No. 009-2011 de Pro Consumidor, dichas modificaciones deberán ser notificadas por escrito a la Dirección Ejecutiva de Pro Consumidor para su aprobación o registro, considerándose aprobadas tácitamente si no se emite decisión dentro de los diez (10) días hábiles posteriores.

El Promotor informará oportunamente al público por los mismos medios de comunicación empleados para la promoción original, sin que ello genere derecho a indemnización o reclamo alguno.

C.E.D. S.R.L. no será responsable por daños o pérdidas —directas, indirectas o consecuentes— derivados del uso o mal uso del premio una vez entregado.

La obligación del Promotor cesa con la entrega del premio, sin perjuicio de los derechos que la Ley No. 358-05 reconoce a los consumidores para reclamar por defectos o vicios ocultos del bien premiado, siempre que el ganador haya cumplido con los requisitos de elegibilidad establecidos.

ARTÍCULO 12. ACEPTACIÓN Y LEGISLACIÓN APLICABLE

La participación en el sorteo implica la plena aceptación de los presentes Términos y Condiciones.

El sorteo se rige por las leyes de la República Dominicana, y cualquier controversia será sometida a los tribunales competentes del Distrito Nacional.

Registrado por Pro Consumidor bajo el No. CRS-0019/2026.

Scroll to Top